Te presentamos un caso real ganado por CMU Abogados cuya dirección letrada ha sido asumida por Doña Cristina Moscoso del Prado Ucelay en el Procedimiento Ordinario 84/2024 tramitado ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 9 de Madrid y resuelto mediante Sentencia nº 48/2025 de 19 de febrero en el que se logra la anulación de una licencia de obras concedida por el Ayuntamiento de Alcalá de Henares para la instalación de un ascensor en un edificio residencial .
El asunto se origina cuando la Administración municipal concede licencia para la instalación de un ascensor en el patio interior de un edificio de viviendas pese a que dicha actuación afectaba directamente a las condiciones de habitabilidad del inmueble al ocupar prácticamente la totalidad del espacio destinado a luz y ventilación de las viviendas.
Nuestra intervención se centró en impugnar la resolución administrativa acreditando que la actuación autorizada no era conforme con el planeamiento urbanístico vigente al incumplir de forma clara las determinaciones del Plan General relativas a las dimensiones mínimas de los patios interiores así como a sus condiciones de uso y funcionalidad.
La defensa en procedimientos de licencias y actuaciones municipales requiere el apoyo de abogados especialistas en derecho administrativo en Madrid con experiencia en vía contencioso-administrativa.
La estrategia procesal se apoyó en un análisis exhaustivo del expediente administrativo y en la aportación de prueba pericial técnica que puso de manifiesto que la instalación proyectada impedía el cumplimiento de los requisitos urbanísticos esenciales al no permitir trazar en el patio una circunferencia mínima de tres metros de diámetro ocupando casi la totalidad del volumen del mismo y comprometiendo la ventilación y la entrada de luz natural a las viviendas .
Se acreditó igualmente que existían alternativas técnicas viables para la instalación del ascensor que no vulneraban el planeamiento urbanístico extremo que incluso fue reconocido en la propia prueba practicada en el procedimiento lo que evidenciaba que la solución adoptada por la Administración no era ni necesaria ni la única posible.
Frente a la posición del Ayuntamiento que defendía la actuación en base a criterios de accesibilidad y a informes técnicos favorables se argumentó que la mejora de la accesibilidad no puede llevarse a cabo vulnerando el ordenamiento urbanístico cuando existen otras soluciones compatibles con la legalidad y menos lesivas para las condiciones de habitabilidad del edificio.
El órgano judicial acoge íntegramente los argumentos planteados concluyendo que la instalación del ascensor en el patio interior incumple la normativa urbanística aplicable al impedir el cumplimiento de las condiciones mínimas exigidas para estos espacios y al no justificarse la inexistencia de alternativas viables por lo que la licencia concedida no resulta conforme a derecho .
Como consecuencia de todo ello el Juzgado acuerda la anulación de la licencia de obras estimando el recurso contencioso administrativo interpuesto y dejando sin efecto una actuación que habría tenido un impacto directo sobre las condiciones de habitabilidad del inmueble.
La sentencia a día de hoy no es firme, encontrándose pendiente de resolución del recurso de apelación planteado por el Ayuntamiento de Alcalá de Henares.
Este caso pone de manifiesto la importancia del control judicial de la actuación administrativa en materia urbanística y cómo la concesión de licencias debe respetar en todo caso las determinaciones del planeamiento siendo especialmente relevante el análisis técnico del proyecto y la acreditación de la existencia de alternativas viables configurándose como un supuesto claro en el que la actuación letrada permitió evitar la ejecución de una obra contraria a la normativa urbanística vigente.
Este caso demuestra la importancia de contar con abogados expertos en recurso de demoliciones y construcciones en Madrid cuando una licencia de obras vulnera el planeamiento urbanístico y afecta a los derechos de los propietarios.
