Te presentamos un caso real ganado por CMU Abogados cuya dirección letrada asumió la defensa de un grupo de opositores en el recurso de casación resuelto por el Tribunal Supremo mediante Sentencia nº 256/2025 de 7 de marzo en el que se consigue que mantengan su plaza pese a la anulación parcial del proceso selectivo.
El asunto tiene su origen en un proceso selectivo convocado por el Banco de España en el que la Audiencia Nacional declaró la nulidad de la fase de valoración de méritos al considerar que el tribunal calificador había delegado indebidamente sus funciones en terceros. Como consecuencia de dicha nulidad se acordó la retroacción del procedimiento afectando a todos los aspirantes incluidos aquellos que ya habían superado el proceso y habían obtenido plaza.
La intervención de CMU Abogados se centró en el recurso de casación en un planteamiento jurídico muy concreto que no consistía en discutir la nulidad declarada sino en limitar sus efectos. La estrategia procesal se construyó sobre la doctrina de los terceros de buena fe defendiendo que los opositores que habían obtenido plaza eran completamente ajenos a las irregularidades detectadas y habían consolidado su situación confiando legítimamente en la actuación administrativa por lo que no podían verse perjudicados por errores imputables exclusivamente a la Administración.
Se argumentó que la pérdida de la plaza supondría una vulneración de principios esenciales como la seguridad jurídica la confianza legítima y la equidad al trasladar a los aspirantes las consecuencias de una actuación irregular en la que no habían intervenido ni tenían capacidad de control.
El Tribunal Supremo acoge este planteamiento y confirma la doctrina jurisprudencial existente declarando que los aspirantes que han superado un proceso selectivo anulado y obtenido plaza deben ver respetada su situación cuando sean ajenos a la causa de nulidad por exigencias de buena fe confianza legítima y seguridad jurídica .
Como consecuencia de ello se mantiene la plaza de los opositores defendidos evitando un perjuicio profesional y personal de gran intensidad y limitando el alcance de la retroacción del procedimiento únicamente a quienes impugnaron el proceso selectivo.
Este caso pone de manifiesto la importancia de analizar no solo la legalidad de los procesos selectivos sino también los efectos de su eventual anulación siendo determinante la correcta aplicación de la doctrina de los terceros de buena fe para proteger situaciones jurídicas consolidadas frente a actuaciones administrativas irregulares consolidándose como un supuesto claro en el que la actuación letrada permitió preservar los derechos de quienes habían accedido legítimamente a su puesto de trabajo.
Este caso demuestra la importancia de contar con abogados especialistas en derecho administrativo en Madrid cuando una nulidad parcial en un proceso selectivo puede afectar a derechos ya consolidados.
